México. – La secretaria del Trabajo, Luisa María Alcalde, y el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, emitieron un mensaje en el que también proporcionaron los números telefónicos: 8007172942 y 8009117877 de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; así como el 5520005290 de la Secretaría del Trabajo, para la atención de dudas de los trabajadores respecto a sus derechos laborales ante el coronavirus.
Durante el mensaje, ambos funcionarios llamaron a la solidaridad de los empleadores con los trabajadores que viven en el día a día, para que se mantenga la relación laboral con los sueldos actuales.
La crisis sanitaria COVID-19 y la necesidad de que las personas se mantengan en casa desde ahora y al menos hasta el 30 de abril afecta sobre todo la economía de los que menos tienen. Sin embargo, es una medida necesaria para reducir el número de contagios que se pudiera generar, apuntaron en un mensaje difundido vía redes sociales.
“Sabemos de antemano que para las empresas o negocios puede ser una carga importante en términos financieros porque también no van a tener ganancias durante el periodo en que se suspenden las actividades laborales, pero hay que estar conscientes de que tenemos que estar unidos, esta es una medida que nos beneficia a todos, y a todas; todos y todas tenemos riesgo de contagio, en la medida en que tengamos este acto de solidaridad, de unidad de propósito vamos a lograr mitigar la epidemia”, indicó Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud.
La secretaria del Trabajo señaló que no hay base legal para que, una vez que se ha declarado la emergencia sanitaria, los empleadores separen de sus trabajos a las personas, o que se dejen de pagar los salarios, aunque el llamado es sobre todo a actuar de manera solidaria.
“Es un momento clave para que todos actuemos con la solidaridad máxima y también con el entendimiento mutuo, de acuerdo a la Ley federal del Trabajo y en el entendido de que la autoridad sanitaria declaró una emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, no hay fundamento legal para separar a los trabajadores, o para dejar de pagar salarios; tampoco es aplicable el criterio del pago únicamente de salario mínimo, la obligación general debe ser pagar el salario íntegro en el entendido de que pudiesen existir circunstancias que los obliguen a llegar a ciertos acuerdos entre ambas partes”, señaló Luisa María Alcalde, secretaria del Trabajo.
Con información de Noticieros Televisa.