Determina la SCJN que estados carecen de facultad para legislar arraigo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los estados de la República no tienen facultades para legislar en materia de arraigo e invalidó el artículo 291 del Código Penal de Aguascalientes que facultó indebidamente a las autoridades locales a arraigar a personas vinculadas con delitos graves.

Con ocho votos a favor y dos en contra, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez de una reforma de 2012 a la Legislación Penal de Aguascalientes, en la que se estableció el arraigo durante la investigación de delitos graves, esto por ser de materia exclusiva del Congreso de la Unión y para aplicación exclusiva en delitos vinculados con la delincuencia organizada

Con esta resolución, los ciudadanos, en cualquier estado del país, así como, en el Distrito Federal, y que enfrentan procesos penales por delitos graves, podrán ampararse alegando la inconstitucionalidad del arraigo al que fueron sometidos.

Foto: Radio Fórmula

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