Obligatorio el registro ante el IMSS de trabajadores domésticos

Imagen: JEDIKNIGHT1970

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó sobre la entrada en vigor de las cuotas bimestrales que deberá proporcionar un patrón para asegurar a sus trabajadores domésticos.

En el Diario Oficial de la Federación se informa que el Consejo Técnico acordó autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, en su caso, establezca los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios, que permitan agilizar la incorporación de los trabajadores domésticos al régimen obligatorio.

Los requisitos como patrón son:

  • Realizar un pago anual anticipado de la cuota estimada sobre un sueldo mensual, tomando como base una vez el salario mínimo vigente en el Distrito Federal
  • No podrás asegurar a tu trabajador doméstico si este presenta:

Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)

  • Vigencia: La cobertura es de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para tu trabajador doméstico y sus beneficiarios legales, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al Seguro Social.

Podrás renovar la incorporación de tu trabajador doméstico al IMSS, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo

  • Y toma en cuenta… que en ningún caso, el IMSS te hará devolución total o parcial de los pagos realizados, por lo que es muy importante que toda la información que proporciones sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes

Información IMSS, Agencias

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