¿Qué debes saber sobre la iniciativa para crear la Guardia Nacional?

Ciudad de México. – La bancada de Morena en la Cámara de Diputados presentó este martes la iniciativa que propone la creación de la Guardia Nacional, el cuerpo que estará encargado de realizar las tareas de seguridad pública y combatir la violencia en el país.

La propuesta fue presentada ante el pleno por la diputada María Guillermina Alvarado Moreno, representante del distrito 2 de Nuevo León.

Para la creación de la Guardia Nacional, Morena propuso la reforma de los artículos 13, 16, 21, 31, 32, 36, 55, 73, 76, 78, 82, 89 y 123 de la Constitución.

De acuerdo con el Plan Nacional de Paz y Seguridad, presentado la semana pasada por el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, se detalló que el grupo estará formado por 50 mil elementos y quedaría adscrito a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

En el documento, que puedes consultar aquí, se establecen los siguientes puntos:

-El objetivo de la Guardia Nacional será la salvaguarda de los derechos de las personas y sus bienes, así como en el mantenimiento del orden y la paz.

-Dicha guardia de 50 mil elementos estará conformada por integrantes de la Policía Federal, Militar y Naval.

-La iniciativa aclara que los planes, programas y acciones que sustentarán las labores de la Guardia serán supervisadas por la autoridad civil.

-Si bien se explica que la Guardia Nacional actuará bajo la disciplina militar en lo que respecta a su régimen interno de organización, se puntualiza que en el ejercicio de sus tareas «se desempeñará bajo parámetros de conducción civil (…) para proteger libertad, bienes y derechos de las personas”.

-Es esta una medida emergente, de carácter transitorio. Está sujeta a evaluación a los tres años, tanto por el Poder Ejecutivo, como por el Legislativo «Habrá de prevalecer sólo mientras persista la crisis de violencia e inseguridad en el país».

Los cambios que se buscan hacer en las reformas son los siguientes:

-Bajo ninguna circunstancia un detenido podrá ser traslado ni resguardado en instalaciones militares.

-En el artículo 16 dice que cualquier persona puede detener a un indiciado en el momento en el que esté cometiendo un delito, mientras que la reforma que se busca hacer agrega que «De la misma forma actuarán las autoridades encargadas de salvaguardar los derechos de las personas, sus bienes, preservar el orden y la paz públicas, así como los bienes y recursos de la Nación».

-Que la Guardia Nacional podrá actuar como auxiliar del Ministerio Público (MP) Federal cuando las conductas estudiadas puedan ser delitos del orden federal, aunque el MP seguirá teniendo la conducción y el mando.

-Que el Estado Mexicano reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

– Que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación a través de las instituciones que para tal efecto dispone esta Constitución, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

-Se deroga el alistamiento y servicio obligatorio en la Guardia Nacional y se especifica que ningún extranjero podrá participar en la Guardia Nacional, como está establecido para el Ejército, las fuerzas de policía y seguridad pública.

-Que para ocupar un puesto como diputado o la Presidencia de la República no se podrá estar en servicio activo en la Guardia Nacional.

-Que la Cámara de Diputados tiene la facultad para expedir las leyes que reglamenten la organización, adscripción, armamento, disciplina, profesionalización y uso de la fuerza de la Guardia Nacional, mientras que se elimina la facultad del Senado de dar su consentimiento para que el presidente de la República pueda disponer de ese cuerpo.

-Que es autoridad del presidente ordenar, disponer y reglamentar, a través de la dependencia correspondiente, a las policías auxiliares de la entidades federativas que operen fuera de sus propias entidades, así como a los cuerpos de seguridad privada debidamente autorizados por la Federación, así como obtener y manejar la información de los sistema de comando y control.

-Que los miembros de la Guardia Nacional se regirán por sus propias leyes, además de que será el Estado quien se encargue de proveer sus prestaciones.

-En la propuesta de reforma al artículo 21 se explica que este cuerpo estará formado por hombres y mujeres que previo los requisitos de la ley, la aplicación de exámenes de ingreso, permanencia y ascenso, así como los procesos de profesionalización, integrarán un cuerpo especializado con una estructura propia.

Con información de El Financiero Foto: Cuartoscuro

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