Quitan obstáculos para candidatos independientes

Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es excesivo, innecesario y desproporcionado publicar la lista con datos personales de los ciudadanos que apoyen a un aspirante independiente.

Ello, dado que publicar su nombre completo, distrito electoral de residencia y opinión política, no contribuye a alcanzar ningún fin constitucional legítimo y sí podría inhibir la participación ciudadana, señaló un comunicado.

En la tesis IV/2015 de rubro estableció que el derecho a la privacidad supone la existencia de un ámbito reservado, personal y privado frente al conocimiento y actividad de los demás.

Refirió que si bien este derecho no tiene un carácter absoluto, las limitaciones a su ejercicio deben de estar debidamente justificadas, además de ser proporcionales y no arbitrarias.

La tesis de rubro se denomina “Candidaturas independientes. Es excesivo, innecesario y desproporcionado publicar la lista con datos personales de los ciudadanos que apoyen a un aspirante”.

En dicha tesis se establece que la verificación del respaldo de quien aspira a una candidatura independiente corresponde a la propia autoridad administrativa electoral.

“Adicionalmente, se señaló que era una medida desproporcionada, pues se genera una afectación al derecho a la privacidad de las personas que dan su apoyo, cuando éste no significa por sí mismo una promesa de voto, ni permite vincularlas con el posible candidato independiente”, señaló.

Fuente: Excélsior

http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/01/03/1066582

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