El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con 8 votos a favor y 3 en contra, desechó el análisis de la Consulta Popular presentada por el PRD sobre la reforma constitucional en materia energética.
Después de que los once ministros dieran a conocer su postura, se determinó que la Corte no podía opinar sobre la validez de la Ley Federal de Consulta Popular, y establecieron que es el Congreso de la Unión la instancia que está autorizada constitucionalmente para convocar las consultas populares.
A pesar del fallo, los senadores perredistas lograron que la SCJN fijara las pautas que se deben seguir, cuando se busque llevar los temas de trascendencia nacional a consulta popular, aún cuando no exista una ley secundaria sobre el tema.
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