Segob publica las nuevas penas por secuestro

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas de diversos artículos de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro y del Código Penal Federal, con las que se duplican las penas por este ilícito.

El decreto, que entrará en vigor mañana, establece que se impondrán de 40 a 80 años de prisión y de mil a cuatro mil días multa al que prive de la libertad a otro, incluido el secuestro exprés.

Así como, se darán de 50 a 100 años de prisión y de ocho mil a 16 mil días multa a quien cometa secuestro y haya sido integrante de alguna institución de seguridad pública, de procuración de justicia, Fuerzas Armadas mexicanas o se ostenten como tales sin serlo.

Mientras que si la víctima es privada de la vida por los autores o partícipes del secuestro, se impondrá a éstos una pena de 80 a 140 años de prisión y de 12 mil a 24 mil días multa.

Imagen: DOF

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