El Senado aprobó reformar el Código Penal Federal para sancionar con una multa de hasta 40 días de salario mínimo a quien cometa acoso laboral, además, en caso de que quien acosa fuera superior jerárquico además de la multa se le destituirá de su cargo o empleo.
Alejandro Encinas, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, describió que se amplía la base conceptual de los temas vinculados con el acoso sexual y menciona que la reforma consiste en establecer que el asedio a persona de cualquier sexo será sancionado cuando se realice con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado respecto a la actividad que los vinculen, sea laboral, docente, doméstica o de cualquier otra índole, con una sanción, es lo que se establecerá en el Código, de 6 meses a 2 años de prisión, y de 30 a 50 días de multa.
El acoso laboral también conocido como moobbing, contempla cualquier tipo de violencia de forma recurrente y sistemática sobre otra persona y le cause un perjuicio profesional, daño patrimonial, económico o sufrimiento psicológico y físico.
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