MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión provisional que otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para no implementar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
Durante la sesión, del miércoles 20 de octubre de 2021, cuatro de los cinco ministros que integran la Primera Sala votaron a favor de desechar el recurso de reclamación que interpuso el Poder Ejecutivo Federal en contra de la suspensión que otorgó la ministra, Norma Lucía Piña Hernández, en junio.
Esa suspensión impidió que el IFT pusiera en marcha del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual busca obtener datos biométricos de los usuarios.
De acuerdo con lo publicado en estrados electrónicos de la Corte, en junio de 2021, cuando se otorgó la suspensión, la decisión incluía frenar las acciones para el desarrollo de la plataforma donde se concentrará la información, la emisión de las disposiciones administrativas para su operación, las campañas y medios de difusión para dar a conocer el programa.
El documento advierte que:
“Con el otorgamiento de la suspensión en los términos precisados, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, pues se busca asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar se le cause un daño irreparable, respetando los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país, además que no se causa un daño mayor a la sociedad en relación con los beneficios que pudiera obtener el solicitante de la medida”.
El análisis sobre constitucionalidad del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil se desarrollará en el Pleno de la Corte.
Con información de Noticieros Televisa / Jessica Murillo