MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que entre sus cambios a la legislación fiscal vigente a partir de este 2020 se encuentra el buzón tributario, sobre el cual es obligación de los contribuyentes darlo de alta y con ello tenerlo actualizado. De no hacerlo, las notificaciones se podrán hacer por estrados e imponerse sanciones económicas.
Recordemos que el buzón tributario es una herramienta de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes, y a partir de 2020 consultarlo es una obligación, gracias a que entra en vigor una modificación al artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación.
De acuerdo con medios de circulación nacional, la multa a la que puedes ser acreedor de no cumplir con ello, puede ir de los 3,080 pesos a los 9,250. Asimismo por cada omisión al buzón, o por proporcionar datos erróneos, estas podrán ser acumulables.
¿Cuándo entra en vigor?
-Personas morales será a partir del 31 de marzo.
-Personas físicas, a partir del 30 de abril.
-Para contribuyentes asalariados será opcional.
Con información y foto de Político.mx