Defensa del Chapo Guzmán impugna extradición

Ciudad de México.- La defensa de Joaquín El Chapo Guzmán interpuso recursos de revisión contra la decisión de un juez federal que aprobó su extradición a Estados Unidos, después de que impugnó los acuerdos emitidos por la Secretaría de Relaciones Exteriores en los que concede su entrega a dicho país, donde es requerido por las Cortes de Distrito de los estados de Texas y California por diversos delitos.

José Refugio Rodríguez, abogado de Guzmán, dijo que los recursos se promovieron ante el Juzgado 13 de Distrito de Amparo en Materia Penal, mismo que negó la protección de la justicia a su cliente; ahora, el juzgado deberá remitir los recursos a un tribunal colegiado para que éste defina si confirma, revoca o modifica la sentencia

Uno de los recursos tiene que ver contra la determinación de la cancillería de conceder al quejoso para que sea juzgado dentro del Cuarto Proceso Superveniente con el número de causa CR 95-0973-B, ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de California; y el 645/2016, para ser procesado ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Oeste de Texas, dentro del proceso número de causa EP-12-CR-849-FM.

En el documento se menciona que “el extraditable goza de los derechos humanos y garantías que reconoce la Constitución y tratados internacionales en virtud a la reforma constitucional de junio de 2011 y así, los requisitos que establece el tratado para concederle son verdaderas garantías judiciales del debido proceso de extradición de igual naturaleza a las del artículo 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y por ello están al nivel de los derechos humanos y garantías plasmadas en los primeros 29 artículos constitucionales que obligan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a realizar un nuevo replanteamiento sobre los criterios jurisprudenciales en materia de extradición”.

Asimismo, que no basta que la petición de extradición se presente por la vía diplomática, sino que quien la suscribe tenga facultades para ello, facultad que solo la tiene el embajador o un encargado de negocios en su ausencia.

Fuente: Milenio.

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