Ley contra grafiti castigará vandalismo con 12 años: Eukid

México, DF.-La propuesta para penalizar el grafiti sufrirá cambios, tales como considerar el trabajo comunitario, confirmó el diputado Eukid Castañón Herrera (PAN), quien detalló que también se hará una diferenciación entre el tipo de mobiliario que se dañe y que la sanción de 12 años de cárcel será para el delito de vandalismo.

De acuerdo con el portal E-consulta, en entrevista, el proponente de reformar artículos del Código Penal señaló que dentro del análisis que se ha hecho al documento que presentó en el mes de enero, está diferenciar entre lo qué es grafiti y vandalismo y el tipo de inmueble que se afecte.

“Hace una diferenciación entre lo que es el grafiti y el vandalismo, son dos acciones completamente distintas, y a su vez diferencia la actividad. También el tipo de bien o inmueble. Diferenciaremos lo que es la propiedad privada del mobiliario urbano y a su vez también monumentos históricos o que están considerados patrimonio de la humanidad”, acotó.

Calibran penas en función del daño

Castañón Herrera  apuntó que la intención es calibrar las penas en función del daño y la actividad en la que se dé la afectación  a una propiedad privada o un bien de dominio público.

De acuerdo con la iniciativa presentada por Castañón Herrera, en el artículo 413 Bis se establece que habrá sanciones de uno a tres años a quienes realicen pintas en propiedad privada, y de dos a cuatro años si el daño es en bienes de “dominio público”.

En cuanto a la pena de 12 años, el numeral 413 Ter indica que la sanción será la misma que se propone en el artículo 412, la cual va de seis a 12 años de cárcel a quienes ilícitamente y con dolo destruyan el equipamiento, infraestructura urbana y los inmuebles considerados como patrimonio de la entidad.

“Se aplicará la misma sanción prevista en el artículo 412 de éste código, a quien o quienes de forma ilícita y dolosa, causare o causaren alteración, daño, destrucción o deterioro al equipamiento o infraestructura urbana, a algún bien destinado o utilizado para la prestación de servicios públicos, o del patrimonio artístico o arquitectónico del estado”, apunta el artículo 413 Ter.

Fuente: E-consulta

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