Michoacán aún puede seguirse endeudando

JUAN ANTONIO MAGALLÁN/ PRIMERA PLANA NOTICIAS

Morelia, Michoacán.- Hubiera sido preferible que Michoacán obtuviera una calificación de semáforo rojo en la deuda en el Sistema de Alertas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con lo cual se nos impediría contratar más deuda, sin embargo al obtener semáforo amarillo se podrá contraer deuda cuyo monto no podrá rebasar el 6 por ciento del total del siguiente ejercicio presupuestal, dijo Carlos Maldonado Mendoza, titular de la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA).

En entrevista, el funcionario estatal explicó que el Sistema de Alertas de Deuda es consecuencia de la aplicación de la Ley de Disciplina Financiera, y que funciona con base en el cálculo de la fórmula de ingresos de libre disposición de cada entidad federativa.

“Michoacán salió con una calificación amarilla, pero a todos nos hubiera gustado que saliera roja para no contratar más deuda. Y no es tanto como una calificación, sino con la capacidad de endeudamiento; con la amarilla aún tenemos capacidad de hacerlo (endeudarnos)”, dijo Carlos Maldonado.

Resaltó que la instrucción de Silvano Aureoles estriba en no contratar más deuda, salvo lo que se permite en la Ley de Disciplina Financiera, la cual estipula que no debe haber endeudamiento por arriba del 6 por ciento del monto total del ejercicio presupuestal.

El 30 de junio pasado la SHCP dio a conocer el Sistema de Alertas de Deudas en los estados, para determinar los accesos a financiamientos extraordinarios de cada entidad federativa.

Según el reporte, 10 estados tienen endeudamiento en observación, es decir en color amarillo: Baja California, Chihuahua, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Veracruz y Zacatecas. El resto de las entidades tuvieron color verde y sólo Coahuila obtuvo color rojo.

Para el caso de los estados con endeudamiento en observación, como es el caso de Michoacán, en el 2018 podrán incurrir en endeudamiento con un límite de deuda adicional máxima de 5 por ciento, luego de la aprobación del Congreso del Estado.

La SHCP recurrió a tres criterios para llevar a cabo la clasificación:

  1. Montos de deuda pública y obligaciones como proporción de los ingresos de libre disposición.
  2. Servicio de la deuda y de obligaciones como proporción de los ingresos de libre disposición.
  3. Obligaciones a corto plazo y proveedores y contratistas como proporción de los ingresos totales.

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