MÉXICO.- El Juzgado Segundo de Distrito en Veracruz rechazó una demanda de amparo que promovió Jorge Winckler Ortiz, contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso del estado para su separación temporal como Fiscal general del Estado, al considerar que no cumple con su tarea de impartir justicia.
El ahora exfuncionario reclama la decisión que tomaron los legisladores locales quienes argumentaron que no cumplía con el mandato constitucional de contar con certificación de confianza, revalidación y su registro, así como su la inconstitucionalidad de dicho acuerdo.
En su lugar nombró encargada de despacho a Verónica Hernández Giadáns, quien rindió protesta de ley.
- Rechaza AMLO intervención en remoción de WincklerDe acuerdo con el expediente 822/2019, el juez segundo de distrito de Veracruz desechó el amparo por considerar que Jorge Winckler carece de legitimación para promover la demanda.
«Lo anterior es así, pues si bien el quejoso promueve la demanda de amparo por sí y en su carácter de… lo cierto es que del análisis integro de dicha demanda se advierte que lo que se impugna está relacionado con la separación del cargo temporal en su carácter de autoridad… por el presunto incumplimiento del mandato constitucional de contar con certificación, revalidación y registro correspondiente para la permanencia del cargo, esto es, el quejoso no tiene legitimación por propio derecho para impugnar un acto relativo a la separación del cargo como Fiscal y, por otra parte, al acudir como Fiscal General a promover el amparo, no actúa como particular, sino como autoridad», señala el acuerdo publicado en las listas del Consejo de Judicatura Federal.
En su argumentación, las autoridades jurisdiccionales recordaron que “ el juicio de amparo es para resolver las controversias suscitadas por actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos, pero esto no puede hacerse extensivo a los servidores públicos”.
Advirtieron que sólo puede otorgarse amparos cuando las personas del derecho público actúen como cualquier otro ciudadano y en defensa de su patrimonio, “en su carácter de autoridad carecen de legitimación para promover el amparo”.
Debido a que la demanda de amparo presentada por Winckler Ortiz fue contra un acto de la Comisión Permanente del Congreso local, las autoridades judiciales también mencionaron que el recurso de amparo no resuelve controversias entre organismos públicos.
Precisaron que ya que Winckler Ortiz cuenta con una suspensión definitiva vigente para no ser removido del cargo por mecanismos no contemplados en la Ley al momento de su designación, el funcionario público debe hacerlos valer ante la instancia que le otorgó dicho amparo.
Con información de La Jornada / Foto: Twitter @AbogadoWinckler