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Por paro, tribunales y juzgados solo atenderán casos urgentes en línea

MÉXICO.- Con protestas de trabajadores en diversos estados por la extinción de fideicomisos, el Consejo de a Judicatura Federal (CJF) determinó respaldar las manifestaciones y declaró como inhábiles los días que durará el paro nacional, tiempo en que aseguró se garantizará el acceso de la justicia a la población.

Detalló que le fue informado sobre la decisión del Comité Ejecutivo Nacional de Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación de realizar un paro que inició este jueves 19 de octubre y se extenderá hasta el 24 de octubre.

Al anunciarse la suspensión de labores, términos y plazos procesales, el Consejo de la Judicatura Federal indicó que en respeto a quienes han decidido manifestarse por la extinción de los fideicomisos, se preservará el derecho de acceso a la justicia.

De tal forma que se tomó la decisión de que los tribunales de la federación mantendrán su operación exclusivamente para la atención de casos urgentes, pero esto lo hará a través de trabajo remoto y con el personal mínimo necesario.

El máximo órgano jurisdiccional del país, a cargo de la ministra presidenta Norma Piña Hernández,  aseguró que para cumplir con ello se establecerá un esquema de guardias que garantice el trámite de los asuntos.

Aunado a ello, el Consejo de la Judicatura Federal puso a disposición de la ciudadanía un portal de servicios del Poder Judicial, a efecto de que se dé trámite a los asuntos que sean considerados como urgentes.

Mientras que las sesiones y audiencias de los órganos jurisdiccionales podrán llevarse a cabo únicamente a través de sesiones virtuales.

Estos son los asuntos que sí se atenderán durante el paro en el Poder Judicial

El Consejo de la Judicatura Federal indicó que se atenderán trámites urgentes contenidos en el artículo 15 de la Ley de Amparo, el cual contempla actos que impliquen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación.

Así como deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o algunos de los delitos contenidos en el artículo 22 de la Constitución. En este caso se encuentra la prohibición de penas por mutilación, infamia, marca, azotes, confiscación de bienes, entre otros.

También se contempla la posibilidad de tramitar de manera urgente los asuntos contemplados en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativos a la incorporación forzosa del Ejército, Armada o Fuerza Aérea.

Así como aquellos en los que los derechos humanos pudieran verse afectados, así como aquellos en que haya impactos diferenciados e interseccionales sobre el acceso a derechos económicos y sociales para colectivos y poblaciones en situación de vulnerabilidad.

Con información de Infobae

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