Foto: Pixabay, usada bajo CC0 1.0

Prisión preventiva oficiosa permanece vigente en México

MÉXICO.- El uso de la prisión preventiva oficiosa, como medida para detener de forma automática a las personas que estén señaladas de cometer delitos que están enlistados en el artículo 19 de la Constitución, como feminicidio, delincuencia organizada, corrupción, entre otros, permanece vigente en México. 

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no lograron un consenso sobre la propuesta de inaplicar la figura de prisión preventiva oficiosa de la Constitución, por lo que el ministro ponente, Luis María Aguilar, retiró su proyecto.

«En aras de construir una decisión que protejan los derechos de las personas, retiro el proyecto para reconstruir la propuesta y con ello tratar de unir los puntos de conexión, así como matizar los disensos que nos separan a fin de proponerles una nueva metodología que nos permita expulsar los efectos dañinos de la preventiva automática, que ocasiona en la vida de las personas y las familias mexicanas».

Previo a este anuncio, el ministro Aguilar Morales respondió a algunos de los dichos del resto de los ministros sobre su propuesta. 

«Rechazo tajantemente haber afirmado o si quiera insinuado que propongo quitarle hojas a la norma fundamental y con ello vulnerarla. El centro de la propuesta fue reconocer que la propia Constitución establece un mecanismo para proteger los derechos humanos (…) Me aparto y cualquier visión qué apoyen la vigencia de la multicitada medida cautelar a partir de señalar la existencia de victimarios y delincuentes, pues hacerlo de esa forma y con la definición a priori de delincuentes supone que el principio de presunción de inocencia en nuestro país no tendría ningún tipo de vigencia».

El ministro Aguilar Morales se comprometió a realizar un nuevo proyecto que reúna la visión de la mayoría.

«Se está perfilando una mayoría muy robusta, inclusive, quizá unánime, quizá, en torno a sostener que el uso desproporcionado de la prisión preventiva es contrario a los derechos humanos (…)  No me toca por ahora cualificar cuál es la política en materia de seguridad ideal o cuál es el mecanismo que se debe preferir para el combate a la delincuencia, eso rebasa por mucho los fines de este proyecto, no obstante, cuando hablamos de imitar o restringir derechos tan elementales y fundamentales como son la libertad de las personas y la presunción de inocencia debemos garantizar que sus límites sean legítimos, necesarios, idóneos y proporcionales, lo cual no advierto que suceda en este caso».

Para esta sesión también estaba previsto revisar el amparo promovido por «Brandon Alexis Flores Ramírez», presunto miembro de la Unión Tepito; la propuesta de la ministra Norma Lucía Piña contemplaba declarar inconstitucional el artículo 167 del Código Nacional de Procedimiento Penales, que replica el listado del artículo 19 de la Constitución, por lo que el asunto también fue retirado.

«Si vemos lo que hemos dicho esta semana, realmente hacer un engrose o una propuesta era imposible tanto en el asunto del ministro Luis María Aguilar como en este, el esfuerzo es tratar de acercar y generar una posición de Corte. En eso reconozco lo plausible de buscar esta alternativa porque nos hubiéramos enfrascado en una discusión y ya tuvimos, simplemente la íbamos a reeditar y lo importante es avanzar. Queda retirado este asunto también», indicó Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

No hay plazo para que los ministros Luis María Aguilar Morales y Norma Lucía Piña presenten un nuevo proyecto sobre la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa.

Con información de N+ / Jessica Murillo

Noticias relacionadas

Hay evidencia de tropas norcoreanas en Rusia: EEUU

miércoles 23 de octubre de 2024

Atentado terrorista en Turquía

miércoles 23 de octubre de 2024

Accesibilidad