Ciudad de México. – El pleno del Senado inició el análisis y discusión de la reforma laboral aprobada por la Cámara de Diputados.
La semana pasada, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos aprobaron la minuta enviada por la cámara de origen.
🔴 Inicia análisis del dictamen que reforma las leyes Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social.#ReformaLaboral
— Senado de México (@senadomexicano) 29 de abril de 2019
La reforma laboral aprobada por los legisladores contempla democracia sindical con voto libre, secreto, personal y directo para elegir a los líderes de las organizaciones gremiales, así como la sustitución de las juntas de Conciliación y Arbitraje por tribunales especializados del Poder Judicial.
El senador Napoleón Gómez Urrutia aseguró que las modificaciones aprobadas se sustentan en la Constitución, pero además en instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano, entre ellos el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, así como la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC), ambos instrumentos internacionales deben ser armonizados al marco jurídico laboral vigente.
El presidente de la Comisión de Trabajo aseguró que la reforma garantiza los derechos de libertad de agrupación de la clase trabajadora, contribuye al avance progresivo del derecho de las personas trabajadoras, al generar condiciones mínimas para hacer valer el principio de libertad y democracia sindical, evitando cualquier posible injerencia, presión o coacción por parte de los empleadores o de las autoridades.
El legislador de Morena detalló que esta nueva figura en el marco laboral, ofrece una posibilidad de solución de los conflictos laborales, disminuyendo los plazos de resolución de los mismos, a partir de un diseño que se llevará ante funcionarios conciliadores especializados en la solución de conflictos.
“Con ello se sustituye la conciliación y administración de justicia tripartita, cuya ineficacia llevó a un detrimento en el acceso y la verdadera administración de justicia”.
“Un aspecto trascendental de la reforma, es el establecimiento de una instancia de conciliación, como requisito prejudicial, que estará a cargo de centros de conciliación especializados e imparciales, privilegiando la amigable composición”.
Con información de Milenio