TEPJF admite la entrega de monederos electrónicos en campañas

Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó, por unanimidad de votos, la medida implementada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en septiembre de 2017 para prohibir el uso de monederos electrónicos en campañas electorales.

Ante la polémica por el reparto de miles de tarjetas en las elecciones de 2012 y 2016, el Consejo General del INE modificó el Reglamento de Fiscalización y agregó al artículo 143 Quáter la prohibición de “la entrega de tarjetas u otro tipo de propaganda que en la percepción de la ciudadanía se dirija a un beneficio directo en un futuro inmediato, por no cumplir con la finalidad de la propaganda electoral”, informa el portal Aristegui Noticias.

Sin embargo, a propuesta del magistrado José Luis Vargas, la Sala Superior ordenó modificar, de nueva cuenta, el artículo 143 Quater, numerales 1 y 2, del Reglamento, al determinar que el INE no tiene facultades para prohibir su reparto, luego de las quejas interpuestas por los partido PRI y PVEM.

“El Consejo General del INE se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones reglamentarias”, dijo el magistrado Vargas.

En la sesión del miércoles 27, los magistrados también  revocaron el acuerdo que desechaba la queja interpuesta por el PRI contra Morena y Andrés Manuel López Obrador, por supuestos actos anticipados de campaña durante la celebración del cuarto Consejo Nacional Extraordinario del partido.

En su demanda, el PRI señaló que el INE desechó la queja indebidamente,  por lo que se ordenó a la Junta Local Ejecutiva del INE que continúe con el procedimiento.

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