Acata IEDF resolución del Tribunal Electoral, otorga registro a candidata del PAN en Miguel Hidalgo

 Con celeridad, en menos de 24 horas, se acata la resolución del órgano jurisdiccional

En acatamiento a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal otorgó el registro a la ciudadana Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, como candidata a jefa delegacional en Miguel Hidalgo, por el Partido Acción Nacional.

Lo anterior debido a que ayer, la Sala Superior del Tribunal resolvió un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, mediante el cual resolvió que el requisito establecido en el artículo 294, fracción I del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, consistente en contar con credencial para votar cuyo domicilio corresponda al Distrito Federal, resulta inconstitucional y no debía constituir un impedimento para otorgarle el registro a la candidata del PAN, argumento mediante el cual, por mayoría, el IEDF consideró improcedente su registro.

En acatamiento a lo ordenado en ese fallo, y al advertir que se cumplen con los demás requisitos, el Consejo General del IEDF -por unanimidad- consideró procedente otorgar supletoriamente el registro correspondiente.

La consejera Olga González Martínez sostuvo que el fallo resultaba de capital importancia, al marcar pauta respecto del criterio que puede seguirse con relación a la protección de los derechos humanos y de la aplicación del principio pro persona, particularmente el derecho a votar y ser votado. La consejera hizo votos porque, en el futuro, el legislador local tome en cuenta la sentencia y pondere los derechos humanos de las y los candidatos para ejercer sus derechos.  

Dania Paola Ravel Cuevas, también consejera electoral, se dijo convencida de que la resolución del Tribunal, se basó en una determinación que el IEDF no habría podido adoptar. “Nosotros no podíamos determinar la inaplicación de una porción normativa del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales; por lo tanto la primera determinación fue correcta”, refirió.

Por su parte, el consejero Carlos González Martínez celebró la celeridad de la Presidencia del IEDF para convocar a la sesión de Consejo General. Sobre el asunto, recordó que al IEDF le toca aplicar e interpretar la ley y en consecuencia resolver, pero no puede dejar de aplicar las normas.

El consejero Yuri Beltrán Miranda recordó que, en su oportunidad, en el IEDF se tuvo una interpretación que a la mayoría hizo pensar que no se podía conceder el registro. Solicitó no perder de vista que se trató de un debate en la mesa de Consejo y una interpretación de normas, por lo que decir que se trató de un debate de argucias legales empobrecería y sacaría de contexto la discusión.

Pablo César Lezama Barreda afirmó que la sentencia del Tribunal marcaba “un precedente que no había en nuestro sistema jurídico en relación con esta clase de requisitos que, supongo, deben tomar en cuenta los legisladores”. La mesa de Consejo, resaltó, no realizó un posicionamiento político sino que hubo una discusión jurídica y qué bueno que hoy tengamos claridad en este tipo de temas y con estos requisitos.

La consejera Gabriela Williams Salazar destacó que en el IEDF pudimos potenciar desde un primer momento los derechos, pero en un ejercicio de debate, no se alcanzó la mayoría necesaria en ese momento, aunque no fue en aras de evitar que la hoy candidata hiciera uso de sus derechos político-electorales. Se trató, indicó, de un debate y así es la democracia. Los consejeros, dijo, tuvimos una interpretación siempre en apego a los derechos humanos.

El consejero presidente, Mario Velázquez Miranda recordó que en el caso amanecemos con un nuevo criterio de las autoridades jurisdiccionales. En 2012, la Sala Regional del Distrito Federal del Tribunal Electoral declaró que era constitucionalmente exigible para un candidato contar con la credencial para votar (SDF-JDC-800/2102). Este criterio tuvo una definición en lo asumido por el IEDF; hoy, tenemos un nuevo criterio de la Sala Superior que expulsa la disposición controvertida.

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