Gobierno capitalino endurecerá restricciones ambientales

Ciudad de México.- A partir de este 28 de diciembre y durante el próximo semestre, las restricciones impuestas a la población cuando haya contingencia ambiental serán más estrictas en comparación con las establecidas el pasado 1 de julio.

La Secretaría de Medio Ambiente (Sedema) publicó ayer en la Gaceta Oficial el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas (PCAA) que estará vigente hasta el 30 de junio de 2017.

La dependencia capitalina estableció nuevas medidas, tanto para vehículos como para la industria y algunas actividades, durante la vigencia de estas alertas ambientales.

El aviso detalla que en caso de una Contingencia Ambiental Fase 2, las motocicletas no podrán circular con base en la terminación de su placa (par o non) de manera alternada considerando la última activación.

Esta restricción se amplió a los vehículos oficiales, con excepción de aquellos usados para emergencias, vigilancia y reparaciones urgentes.

También se suspenderán las actividades en oficinas públicas, así como en centros educativos, instalaciones culturales y recreativas gubernamentales en museos, parques o deportivos.

Además, se deberán implementar esquemas de trabajo a distancia u horarios escalonados, así como el uso de transporte de personal y escolar.

En caso de Fase 1, la prohibición de actividades cívicas y de recreo no se limitarán a las escuelas, sino que los tres órdenes de gobierno e incluso las organizaciones sociales también tendrán que someterse a esta medida.

Asimismo, se recomienda a la población reducir el consumo de gas licuado de petróleo en las primeras horas del día y el uso de productos con solventes, como desodorantes en aerosol, pinturas de laca, barnices, aromatizantes y limpiadores domésticos.

La prohibición para quemar cohetes o fuegos artificiales se enlista ahora, pues no se especificaba en el programa anterior.

En Fase 1 se deberá reducir 30% la operación de calderas que no cuentan con sistemas de control de emisiones, limitación que subirá a 50% en Fase 2 para todos los servicios que cuenten con ellas, excepto en hospitales.

Para la industria se ordena evitar la recarga en tanques de gas estacionarios o cilindros.

Todas estas restricciones son nuevas o más explícitas, ya que, por ejemplo, en el PCAA vigente hasta ayer las motocicletas estaban enlistadas dentro de los vehículos exentos de aplicación en caso de alerta ambiental, como son los que portan el holograma de verificación exento, doble cero y cero; los eléctricos e híbridos; los destinados a prestar servicios de emergencia, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, servicios urbanos y vigilancia ambiental rotulados o el transporte escolar y de personal que cumpla con las especificaciones de verificación vigentes.

Tampoco se consideraban limitaciones de actividades al aire libre para dependencias gubernamentales.

Los parámetros que se mantienen son los más de 150 puntos Imeca para activar Fase 1 de Contingencia y más de 200 para decretar la Fase 2. En el primer caso no podrán circular los vehículos que porten el holograma 1 y 2, de acuerdo al último dígito numérico de la placa par o non, de manera alternada. Cuando se active la Fase 2 no circularán los que porten el holograma 1 y 2.

También se reitera que cuando en una de las cinco zonas del Valle de México se registren más de 150 Imeca por partículas PM10, habrá contingencia sólo para esa área específica. Si este límite se rebasa en dos zonas, la alerta será general.

Fuente: Excelsior

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