· Para la delegación Cuauhtémoc, se otorgó registro condicionado a Lorena Osornio.
· Se declara improcedente candidatura independiente de la fórmula para diputados en el distrito XXXI
El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) formalizó el registro de las primeras candidaturas independientes en un proceso electoral en la capital del país. De esta forma, serían doce los ciudadanos que, sin ser postulados por algún partido político, podrán aparecer en las boletas electorales del 7 de junio.
El IEDF, en sesiones del Consejo General y de los consejos distritales, aprobó las candidaturas independientes para las delegaciones Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo, Cuajimalpa y Milpa Alta, así como las candidaturas de las fórmulas para los distritos VII, XXI, XXII y XXXI, sujetos al dictamen sobre rebase de gastos para obtener el apoyo ciudadano que emitirá el Instituto Nacional Electoral en los próximos días y se declaró improcedente la solicitud de los ciudadanos Raúl Correa Martiñón y Juan Álvarez Rodríguez como aspirantes para el distrito electoral XXXI.
De los doce candidatas y candidatos independientes, el registro de Lorena Osornio Elizondo, aspirante a la delegación Cuauhtémoc, quedó, además, condicionado hasta en tanto se determine si pertenece o no a un órgano de dirección del Partido Revolucionario Institucional.
A propuesta del consejero Yuri Gabriel Beltrán Miranda, el IEDF deberá realizar algunas actuaciones para determinar esta situación, toda vez que de las constancias que obran en el expediente no se desprende con certeza que la ciudadana sea o no integrante del Consejo Político del PRI DF, por lo que se deberán llevar a cabo las actuaciones necesarias para mejor proveer o, en su caso, para que se perfeccionen las pruebas existentes.
La propuesta fue apoyada por los consejeros Mario Velázquez Miranda, Olga González Martínez, Dania Paola Ravel Cuevas, Carlos Ángel González Martínez y Pablo César Lezama Barreda, quienes coincidieron en la necesidad de condicionarlo para fortalecer los principios de certeza y exhaustividad a los que está obligado el IEDF.
La consejera Gabriela Williams Salazar votó en contra, al considerar que el artículo 377 del Código Electoral establece que si los partidos políticos o en todo caso dirigentes, candidatos o aspirantes a candidatos como tal, no se ajustan a la normativa, automáticamente se les cancela el registro. El condicionamiento, sostuvo, podría haberse dejado de lado y, si se encuentra prueba en contrario se tendría que cancelar el registro.
En la sesión extraordinaria, el máximo órgano de dirección del IEDF declaró improcedente la solicitud de los ciudadanos Raúl Correa Martiñón y Juan Álvarez Rodríguez como aspirantes para el distrito electoral XXXI.
En lo que corresponde a la improcedencia del registro de Correa Martiñón obedeció a que el ciudadano propietario de la fórmula, presentó una credencial de elector no vigente, debido a su baja del Padrón Electoral y de la Lista Nominal de Electores. En la capital del país, uno de los requisitos para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular es que el ciudadano esté inscrito en el Registro Federal de Electores y cuente con credencial para votar vigente.
Esta propuesta se votó por seis votos a favor, con el voto en contra de la consejera Gabriela Williams Salazar, quien razonó su voto al considerar que de acuerdo con las constancias del expediente, el aspirante no se encuentra suspendido de sus derechos político-electorales y cumple con las calidades que exige la Constitución para ser candidato.
Lista de candidatos independientes
Jefaturas Delegacionales
Delegación
|
Nombre
|
Cuauhtémoc
|
Lorena Osornio Elizondo
|
Gustavo A. Madero
|
Nazario Norberto Sánchez
|
Miguel Hidalgo
|
Arné Sidney Auis Den Ruthén Haag
|
Cuajimalpa de Morelos
|
Alejandro Vinay Melgar
|
Milpa Alta |
Jorge River Olivos
|
Juan David Esquivel Atilano
|
|
Oscar Antonio Valdés Jiménez
|
|
Rosario Ericka Gómez Romero
|
Diputados de mayoría relativa
Distrito
|
Fórmula integrada por
|
VII
|
Judith Barrios Bautista (propietaria)
María Arcela Moyeda Huerta (suplente) |
XXI
|
Efraín Morales Sánchez (propietario)
Larisa Palmira Velarde Méndez (suplente) |
XXII
|
Edgar Adán Montero Alarcón (propietario)
María del Refugio Aguilar Simón (suplente) |
XXXI
|
Rafaela Romo Orozco (propietaria)
Claudia Adrián tostado Flores (suplente) |